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LEADER

Nota: este apartado tiene carácter exclusivamente informativo y carece de valor normativo. En el caso de tener interés en solicitar una ayuda LEADER se recomienda acceder a la normativa reguladora incluida en los apartados "Bases Reguladoras" y "Convocatorias"

 

INFORMACIÓN GENERAL LEADER AGRO

Información provisional pendiente de aprobación de las bases reguladoras.

 

Objeto de la ayuda:

 

Ayudas destinadas a apoyar el inicio, la modernización, la competitividad y la innovación de explotaciones agrícolas, incrementando su sostenibilidad y contribuyendo al desarrollo rural.

 

Principales requisitos:

 

  • Las ayudas se circunscriben exclusivamente a explotaciones agrícolas; se excluye así la ganadería y la apicultura.
  • La explotaciones deben de estar inscritas (o con solicitud de inscripción) en el Registro de Explotaciones Agrarias del Principado de Asturias.
  • La explotación y las actuaciones deben localizarse en alguno de los municipios del Navia-Porcía
  • Se deben mantener las inversiones y la actividad agrícola subvencionada, durante al menos 5 años desde el pago final de la ayuda
  • Las inversiones no pueden haberse iniciado antes de la verificación de no inicio que se realiza tras la solicitud (o la solicitud previa)
  • No incurrir en prohibiciones de la Ley General de Subvenciones (p. ej., estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social).
  • No ser empresa en crisis, ni estar sujeta a órdenes de recuperación de ayudas ilegales por la Comisión Europea.

 

        

¿Quién puede ser beneficiario?

 

Personas físicas o jurídicas que sean titulares o cotitulares de explotaciones agrícolas (incluidas las entidades de titularidad compartida según la Ley 35/2011

 

¿Qué inversiones se subvencionan?

 

·         Construcción, adquisición o mejora de instalaciones agrícolas (almacenes, naves, sistemas de riego, etc.).

·         Maquinaria y equipos nuevos: tractores, implementos de laboreo, sistemas de riego, etc.

·         Implantación o mejora de cultivos agrícolas (leñosos frutales, plantaciones nuevas, reestructuración).

·         Inversiones en eficiencia energética y reducción de emisiones (paneles solares, ahorro de agua, etc.).

·         Costes generales (proyectos, honorarios técnicos, estudios de viabilidad) relacionados con las inversiones anteriores.

 

¿Qué inversiones NO se subvencionan?

 

Además de las inversiones y gastos que no son subvencionables en ninguna línea de ayudas (ver información general), en el LEADER Agro no se subvenciona:

 

  •  La compra de derechos de producción o de ayuda básica
  • La compra de tierras por importe superior al 10% del gasto total subvencionable.
  • La compra de animales (salvo casos excepcionales en otras bases, no aplicables aquí).
  • Las inversiones en ganadería o apicultura 
  • Las plantaciones de cultivos anuales o siembra de praderas en terrenos que no sean pasto arbustivo/arbolado.
  • Los vehículos que no sean estrictamente agrícolas (quads, turismos, etc.).

 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

 

La ayuda es un porcentaje de la inversión subvencionable.  La solicitud se valora con los criterios de selección que se publican en cada convocatoria, en la que también se fija la relación entre dicha puntuación y el porcentaje de ayuda que se aprueba

En la convocatoria se pueden fijar topes máximos por proyecto.

 

Más información:

 

o   Ver bases reguladoras LEADER Agro
o   Ver convocatorias LEADER Agro
o   Ver documentación a presentar LEADER Agro
o   Ver formularios LEADER Agro

 

 

 

Información provisional, basada en los documentos de bases reguladoras expuestos ainformación pública